Autónomos Societarios

Una consulta generalizada en el despacho es el tema autónomos societarios y no societarios: la clave está en si en si se forma parte de una sociedad y si, dentro de esta, se tienen control, funciones en la misma y se cumplen con una serie de porcentajes dentro de la sociedad.

  1. – El autónomo individual. Trabajadores por cuenta propia que trabajan solo para el negocio, no hay ninguna diferencia entre él y la empresa. A efectos tributarios empresa y él son lo mismo. Responde con su patrimonio personal a las deudas. Tributa el IVA y el IRPF y a final de año se le aplican los tramos del IRPF a la base imponible de su salario anual.

2.- El autónomo societario. Funciona como un socio capitalista y limita su responsabilidad al capital de la empresa. El societario, al estar ligado a una empresa, paga un porcentaje fijo establecido por el Impuesto de Sociedades. La base de cotización mínima del autónomo societario es superior a la del autónomo común.

Puede trabajar o no en el negocio, en cuyo caso , la ley la Ley del IRPF deja muy claro cómo debe hacerse: con factura o con nómina.

No dudes en consultar con nosotros si es tu caso.

 

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Grupo Heras Consulting

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